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Orden jerarquico — Orden Juridico — Orden Mayor — Orden Menor — Orden Militar — Orden Moral — Orden Publico — Orden Publico — Orden Publico Internacional — Orden Religiosa — Orden Sacerdotal — Orden Sagrado — Orden Social — Orden Sucesorio — Ordinario — Ordinatio Iudicii — Ordine Egredi — Ordines Judiciorum (O) Ordines Judiciarii — Ordo Iudiciciorum Privatorum — Ordo Iudiciorum Publicorum — Ore Favete (O Favete Linguis) — Ore (In) Duorum Vel Trium Testium Stet Omneversum — Orejon — O Rem, Aliquis, Difficilem Et Inexplicabilem! Atqui Explicanda Est — Ore Suo Benedicebant Et Corde Suo Maledicebant — Orfandad — Organico — Organismo — Organismo Autonomo — Organismo Descentralizado — Organismos Especializados — Organizacion — Organizacion — Organizacion Criminal — Organizacion De Aviacion Civil Internacional — Organizacion De Cooperacion Y Desarrollo Economico — Organizacion De Las Naciones Unidas — Organizacion De Las Sociedades Primitivas — Organizacion De Los Estados Americanos — Organizacion De Los Pueblos Precolombinos — Organizacion De Los Tribunales — Organizacion Del Tratado Del Atlantico Norte (O T — Organizacion Europea De Cooperacion Economica — Organizacion Internacional Del Trabajo — Organizacion Judicial — Organizacion Metereologica Mundial — Organizacion Mundial De La Salud — Organizacion No Gubernamental — Organizacion Para La Alimentacion Y La Agricultura — Organizacion Social — Organizacion Social — Organo — Organo — Orientacion profesional

Orden Juridico
(Ossorio) Conjunto de normas positivas vigentes relacionadas entre sí y escalonadas o jerarquizadas, que rigen en cada momento la vida y las instituciones de todas clases dentro de una nación determinada. Esas normas, en opinión de muchos jusfilósofos, han de tomarse en un sentido amplio, ya que están formadas no solo por la Constitución y por las leyes, sino también por los reglamentos, por las disposiciones de las autoridades administrativas, por las sentencias judiciales, por las costumbres y hasta por los contratos en cuanto regulan las relaciones entre las partes contratantes. La importancia de cada una de esas normas es diferente y va de mayor a manor, por lo cual las inferiores toman su fundamento de las inmediatamente superiores. A esa jerarquización o escalonamiento es a lo que Merkl y Kelsen denominaron "pirámide jurídica". El orden jurídico es tan esencial para la existencia de un país que sin él no se concibe la vida social.
Orden Mayor
(Ossorio) En la jerarquía eclesiástica, las de subdiácono, diácono y sacerdote. (V. ORDEN MENOR.)
Orden Menor
(Ossorio) En lo canónico, las de ostiario, lectoral, exorcista y acólito, que no implican rigurosa ordenación religiosa. (V. ORDEN MAYOR.)
Orden Militar
(Ossorio) La locución posee aspectos muy diversos, acordes con la elasticidad del substantivo. De un lado, en lo jerárquico castrense, el mandato del superior, dentro de sus atribuciones, que debe ser cumplido sin objeción ni dilaciones por el inferior, así comprometa su vida, como en el combate. En terreno político, contra su Constitución y la opinión popular, a un gobierno cuya jefatura y principales ministerios ejercen los militares y según métodos dictatoriales, disfrazados siempre de patrióticos y nacionales. Por último, en algo hoy más histórico que religioso y castrense - según las cotaciones de L. Alacalá-Zamora-, cada uno de los institutos de Caballería, fundados en España durante la Edad Media, que conciliaban la defensa de la fe y la del territorio nacional, contra los árabes invasores en curiosa mezcla de estados laico, eclesiástico y castrense. Las más famosas, que perduran, como reliquias simbólicas, son las de Alcántara, Calatrava, Montesa y Santiago. Conviene acotar, según lo anticipado en la voz genérica ORDEN (v.), que ésta es femenina en las acepciones jerárquicas e histórica, y masculina en lo político.
Orden Moral
(Ossorio) Conjunto de ideas y opiniones, de instituciones y costumbres, de tradiciones y programas normativos que integran el fondo ético predominante en un país y en una época dados, que tiende a persistir y que regula la conducta general según su adecuación u oposición a ese criterio y a tal conducta, coincidente o discrepante con respecto al mundo político, económico, social, cultural, y de otras especies, coetáneo. Cuando el mundo moral más influyente en un territorio es a la vez el de sus gobernantes, opera como regulador en lo jurídico ; de modo concreto, en figuras civiles y penales y en lo genérico de la moral y las buenas costumbres (v.).
Orden Publico
(Couture) I. Definición. Conjunto de valoraciones de carácter político, social, económico o moral, propias de una comunidad determinada, en un momento histórico determinado, que fundamentan su derecho positivo y que este tiende a tutelar. II. Ejemplo. "No pueden derogarse por convenios particulares las leyes en cuya onservancia están interesados el orden público y las buenas costumbres" (CC., 11). III. Indice. CPC., 515, implícitamente. IV. Etimología. Véase Orden; Público. V. Traducción. Francés, Ordre public; Italiano, Ordine pubblico; Portugués, Ordem pública; Inglés, Public policy, public order; Alemán, Öffentliche Ordnung.
Orden Publico
(Ossorio) Conjunto de condiciones fundamentales de vida social instituidas en una comunidad jurídica, las cuales, por afectar centralmente a la organización de ésta, no pueden ser alteradas por la voluntad de los individuos ni, en su caso, por la aplicación de normas extranjeras (J. C. Smith). El concepto de orden público ofrece especial importancia con respecto a las cuestiones de índole política y de Derecho Administrativo, pero también la ha adquirido, de un tiempo a esta parte, en materia de Derecho Social, por cuanto se ha atribuido a sus normas la condición de afectar al orden público, por lo cual son irrenunciables. Tal calidad se atribuye a diversos preceptos del Derecho del Trabajo.
Orden Publico Internacional
(Ossorio) En Derecho Internacional Privado, el concepto está referido a aquellas normas que, por afectar a la esencia de las instituciones, de las costumbres y de la organización de un país, deben ser aplicadas por los jueces no solo con preferencia, sino también con omisión de la ley extranjera, aun en aquellos casos en que la ley extranjera fuere competente por aplicación de las reglas ordinarias de los confictos legislativos. Ejemplo característico de esta situación podría encontrarse en que, no obstante que el matrimonio se rige por la ley del país donde es contraído, ese reconocimiento no podría ser de aplicación, en los países de régimen matrimonial monogámico, a un matrimonio poligámico.
Orden Religiosa
(Ossorio) Asociación voluntaria de hombres o de mujeres, que sintiéndose llamados a una misión elevada, adoptan, luego de severas pruebas, la determinación firme, y por lo general irrevocable, de dedicarse exclusivamente a ella, para mayor gloria de Dios. Integran un cuerpo de regulares que hacen profesión de vivir bajo cierta regla aprobada por la iglesia.
Orden Sacerdotal
(Ossorio) El sexto de los mandamientos de la Iglesia, en virtud del cual son consagrados los sacerdotes.
Orden Sagrado
(Ossorio) En Derecho Canónico se llama así la condición que la Iglesia otorga a una pesona confiriéndole la gracia sacerdotal, en diversos grados, para el ejercicio de ciertas funciones sacrosantas. Constituye el llamado "sacramento de orden" y es impuesto por la autoridad episcopal. (V. ORDEN MAYOR Y MENOR.)
Orden Social
(Ossorio) El conjunto formado por las instituciones con vigencia en cada sociedad humana, sobre todo en su expresión nacional. | La totalidad de las relaciones humanas de convivencia en lugar y tiempo determinados. | Funcionalmente, en el sentido que Gabriel Tarde le atribuía de universalnecesidad de coordinación interna, el desenvolvimiento pacífico o normal de la sociedad, dentro del orden de valores predominantes en moral, Derecho, cultura, arte y otras manifestaciones del pensamiento y de la acción (Dic. Der. Usual).
Orden Sucesorio
(Ossorio) Orden de suceder (v.).
Ordinario
(Ossorio) Voz con mútiples acepciones que pesan en lo jurídico de manera más o menos concreta. Adjetivo. Común o habitual. | Plebeyo o bajo. | De poco precio o escasa calidad, referido a objetos y productos. | Sin jerarquía. | Normal. | (V. JUICIO ORDINARIO, JURISDICCION ORDINARIA.) Sustantivo. El obispo (v.) | Gasto diario del hogar. | Despacho de las providencias de mero trámite. | Juez o tribunal perteneciente a la jusrisdicción ordinaria. | Comisionista que efectúa los encargos que se le confían en localidad de mayor importancia o en la capital provincial o del Estado.
Ordinatio Iudicii
(Ossorio) Locución latina. Ordenación del juicio. El conjunto de diligencias preliminares para poder fallar en una causa. En el procedimiento formulario romano, la constituían la entrega de la fórmula al actor y la designación del juez para el caso.
Ordine Egredi
salirse de la fila.
Ordines Judiciorum (O) Ordines Judiciarii
Manuales de acciones y procedimientos aparecidos durante la Edad Media y que tienen un gran valor para conocer cómo se entendía y aplicaba el derecho en aquel tiempo, ofreciendo algunos alta importancia científica. No deben confundirse con formularios, ni con las obras de mera práctica. Se distinguen por su mayor sistematización y por su relativa independencia de los textos legales, por lo que ofrecen un contraste con las meras glosas que dominaban en aquel tiempo.
Ordo Iudiciciorum Privatorum
(Ossorio) Loc. lat. En Roma, el orden de los juicios privados, compuesto por una serie de normas para el procedimiento civil, comunes al régimen de las acciones de la ley y al formulario, que se articuló en la Lex Iulia de iudiciis orivatis (v.). Se contraponía a la regulación indicada en la voz que sigue.
Ordo Iudiciorum Publicorum
(Ossorio) Locución latina. Orden de los juicios públicos, regulado, para las causas criminales, por la Lex Iulia de iudiciis publicis (v.), y por ello distinto del sistema de procedimiento indicado en la voz precedente.
Ore Favete (O Favete Linguis)
Guardad silencio.
Ore (In) Duorum Vel Trium Testium Stet Omneversum
En la palabra de dos o tres testigos permanezca (la veracidad) de toda palabra. Frase jurídica que expresa la veracidad posible de dos o tres testigos que concuerdan en su testimonio. Está tomada a la letra del Evangelio de Santa Mateo 28, 16.
Orejon
(Ossorio) "Entre los antiguos peruanos, persona noble que, después de varias ceremonias y pruebas, una de las cuales consistía en horadarles las orejas - origen de la palabra castellana -, ensanchándoselas por medio de una rodaja, entreba en un cuerpo privilegiado y podía aspirar a los primeros muestos del imperio" (Dic. Acad.)
O Rem, Aliquis, Difficilem Et Inexplicabilem! Atqui Explicanda Est
!Oh!, difícil situación, dirás tu, y embrollada. Y sin embargo, hay que salir del embrollo. La más antigua obra de este género que conocemos es un pequeño comentario escrito probablemente entre 1159 y 1181 sobre la base del principio: Quod nullus sine judicario ordine damnari voleat (Decreto de Graciano, quaestio I, causa II), y que ha sido publicada por Kuntsmann. En el siglo XIII se inaugura con el Ordo judiciarius de Plinio, en el que éste expone el procedimiento civil, y que sirvió de base para otro sobre el canónico, escrito por Dámaso Bohemio entre 1210 y 1216, con método y exposición superiores a su modelo, y que se ha conservado en los manuscritos de Viena y de París, con arreglo a los cuales se editó Wunderlich en sus Anécdota. Es importante el Ordo compuesto por Tancredo entre 1214 y 1216 para la enseñanza de la cátedra, obra original y con un plan excelente, en la que, después de una introducción en que se exponen las líneas generales del procedimiento, siguen cuatro partes que tratan: - de las personas que intervienen en los juicios, - de la instrucción, - del período desde la litis-contestatio hasta la sentencia definitiva, y - de las sentencias y su ejecución, las apelaciones y la restitutio in integrum.
Ore Suo Benedicebant Et Corde Suo Maledicebant
Con su boca bendecían, pero maldecían con su corazón (Salmo 61,5).
Orfandad
(Ossorio) Estado en que quedan los hijos por la muerte de los padres, o de alguno de ellos. Esa situación tiene importancia jurídica en diversos aspectos, pero especialmente en materia laboral y de previsión social, ya que de ella se derivan ciertas prestaciones llamadas pensiones de orfandad, perceptibles hasta determinada edad o mientras subsista una situación de invalidez del beneficiario. La orfandad de los menores determina la organización de la tutela (v.). Orfandad se llama también la pensión que percibe un huérfano.
Organico
(Ossorio) Concerniente a la organización (v.) o que la revela. | Relativo a un órgano o organismo. | Perteneciente a la regulación y funcionamiento de determinadas instituciones. (V. LEY ORGANICA.)
Organismo
(Ossorio) En lo fisiológico, conjunto de órganos del hombre, cuyos defectos o faltas pueden modificar su capacidad jurídica. | Serie de leyes, reglamentos, costumbres, usos y prácticas que regulan la composición, actividad, función y relaciones de una institución o cuerpo social. | Entidad compuesta de diversas ramas, dependencias u oficinas al servicio de una finalidad (Dic. Der. Usual.)
Organismo Autonomo
(Ossorio) Entidad de Derecho Público creada por la ley, con personalidad jurídica y patrimonio propio, independiente de los del Estado, a la que se encomienda expresamente, en régimen de descentralización, la organización y administración de algún servicio público y de los fondos adscritos a éste, el cumplimiento de actividades económicas al servicio de fines diversos y la administración de determinados bienes del Estado, sean patrimoniales o de dominio público, en la definición legislativa española de 1958. Administrativamente se contrapone a la empresa nacional (v.). La ley que cree los organismos autónomos determinará: 1º) sus funciones y competencia, 2º) el ministerio al que se adscriben, 3º) las bases generales de su organización, 4º)los bienes y medios económicos que se les asignan. Sus presidentesm directores, consejeros y directivos serán designados y separados libremente de acuerdo con lo dispuesto en sus normas fundacionales. La exclusiva corresponde al gobierno, por cuanto necesita decreto u orden ministerial.
Organismo Descentralizado
Entidad de la Administración Pública Paraestatal creada por ley o decreto del Congreso de la Unión o por decreto del Ejecutivo Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cualquiera que sea la estructura legal que adopte, constituida con fondos o bienes provenientes de la Administración Pública Federal; su objetivo es la prestación de un servicio público o social, la explotación de bienes o recursos propiedad de la nación, la investigación científica y tecnológica y la obtención o aplicación de recursos para fines de asistencia o seguridad social.
Organismos Especializados
(Ossorio) Llámanse así los de orden internacional dependientes de las Naciones Unidas, que coordinan su actividad en materias determinadas de índole económica, social, cultural, sanitaria y técnica.
Organizacion
(Cabanellas) Disposición, arreglo, orden. Grupo social, estructurado con una finalidad. Conjunto de elementos personales, reales e ideales; es decir, una empresa donde no existe una finalidad lucrativa. Establecimiento, implantación o institución de algo. Ordenamiento. Reforma. Sometimiento a disciplina, a ley, a razón. Combinación de la simplicidad con la eficacia, con predominio de ésta en todo caso. INTERNACIONAL DEL TRABAJO. El organismo creado como consecuencia del Tratado de Versalles y con la idea de afirmar la paz con la mejora de las condiciones laborales en todos los países. Consta de tres órganos: a) el Consejo de Administración, con funciones directivas; b) la Conferencia Anual, el cuerpo legislativo; c) la Oficina Internacional del Trabajo, el elemento ejecutivo.
Organizacion
(Ossorio) Buena disposición material o funcional. | Núcleo social con ordenada estructura. | Empresa sin finalidad lucrativa. | Establecimiento o institución de muy diversas especies. | Reforma. | Sujeción a disciplina.
Organizacion Criminal
(Ossorio) La asociación clandestina que dispone los medios para operar con la mayor impunidad y el máximo beneficio para sus componentes. (V. CODELINCUENCIA.)
Organizacion De Aviacion Civil Internacional
(Ossorio) Organismo internacional cuya misión es el ordenamiento del desarrollo técnico y económico de la aviación mundial. Tiene su origen remoto en la convención para la reglamentación de la navegación aérea firmada en París en 1919. Dio origen a la Convención Internacional de Navegación Aérea (C. I. N. A.), que funcioanó hasta 1947, cuando fue reemplazada por la O. A. C. I., cuyos fines son contribuir a la creación y mantenimiento de la amistad y entendimiento entre los pueblos del mundo mediante el desarrollo de la aviación civil internacional, asegurar su progreso, fomentar el diseño de aeronaves para fines pacíficos, estimulas el desarrollo de rutas aéreas y la ayuda a esa clase de navegación, fomentar la seguridad en los vuelos, conseguir el eficaz funcionamiento del comercio aéreo internacional, velar porque los derechos de los Estados contratantes sean respetados plenamente.
Organizacion De Cooperacion Y Desarrollo Economico
(Ossorio) Se trata de un organismo internacional que en 1961 sustituyó a la Organización Europea de Cooperación Económica, que había sido creada en 1947. Su finalidad es la ayuda a los países en vías de desarrollo, asó como la cooperación económica entre los Estados miembros.
Organizacion De Las Naciones Unidas
(Ossorio) La Organización de las Naciones Unidas tuvo como base la carta de las Naciones Unidas, que entró en vigencia en 1945, después de la ratificación por la mayoría de los Estados adheridos. De acuerdo con los propósitos enunciados en dicha Carta, el organismo tiene por fin: 1) mantener la paz y la seguridad internacionales; 2) eliminar gradualmente el colonialismo, tanto en el aspecto político como en el aconómico; 3) propender a la solución pacífica de los conflictos que se planteen, partiendo del principio de autodeterminación de los pueblos y de su igualdad ante el Derecho Internacional Público. En el momento de firmarse la Carta se adhirieron a ella 50 países. Pero, en el tiempo transcurrido, este número supera bastante el centenar y continúa en constante aumento por la incorporación de los nuevos países africanos y asiáticos de reciente creación o independencia. La Organización de las Naciones Unidas está integrada por seia grandes órganos fundamentales, que son: 1) La Asamblea Genral, 2) el Concejo de Seguridad, 3) El Concejo Económico y Social, 4) el Concejo de Administración, 5) la Corte Internacional de Justicia, 6) la Secretaría. Además de estos órganos, estructura esencial de las Naciones Unidas, la Organización cuenta con la colaboración de una serie de organismos especializados (v.), entre los que mencionaremos, como los más importantes: la Organización Internacional del Trabajo (O. I. T.), la Organización para la agricultura y la Alimentación (F. A. O.), la Organización para la Educación, la Ciencia y la Cultura (U. N. E. S. C. O), la Organización Mundial de la Salud (O. M. S.), la Organización Internacional del Comercio y el Fondo Monetario Internacional. Cada uno de estos organismos colabora, dentro de su esfera específica, en la solución de los problemas internacionales que se plantean. Están integrados por expertos y especialistas en las materias respectivas. La sede de la Naciones Unidas está situada en un secto de la ciudad de Nueva York que ha sido internacionalizado, a fin de que la jurisdicción de los Estados Unidos no se extienda a esa zona.
Organizacion De Las Sociedades Primitivas
(Ossorio) V. SOCIEDADES PRIMITIVAS.
Organizacion De Los Estados Americanos
(Ossorio) En 1948 se firmó en Bogotá, la Carta de Organización de los Estados Americanos, base y fundamento de esta organización. Es una confederación de Estados provista de personalidad internacional, la que entre sus finalidades más importantes contiene las de afianzar la paz y seguridad del continente americano; procurar una solución pacífica a las controversias; promover una acción solidaria en caso de agresión contra cualquiera de los Estados miembros y proponder a la solución de los problemas políticos, jurídicos y económicos que puedan suscitarse entre los países afiliados a la Organización. Otros principios, considerados fundamentales por la Organización que nos ocupa, se refiere a la observancia del Derecho Internacional en todos los campos; a la abolición de los derechos otorgados por la victoria; al reconocimiento de los derechos esenciales de la persona humana sin distinción de raza, nacionalidad o credo y al afianzamiento de la unidad espiritual del continente. Som miembros de la Organización de Estados Americanos (O. E. A.) todos los países del continente que hayan ratificado la Carta, y puede serlo también cualquier nuevo Estado soberano que surja en esa área, ya sea a consecuencia de haberse emancipado de la autoridad de una potencia extranjera, ya sea como resultado de la fusión o desmembramiento de otros Estados. Los órganos de la Organización son: la Conferencia Interamericana, la Reunión de Consulta de los Ministros de Relaciones Exteriores, la Unión Panamericana y las conferencias y organismos especializados. Está además el Concejo, que tiene carácter ejecutivo y se integra, a su vez, con el Concejo Interamericano Económico y Social, el Consejo Interamericano de Jurisconsultos y el Consejo Cultural Interamericano.
Organizacion De Los Pueblos Precolombinos
(Ossorio) V. PUEBLOS PRECOLOMBINOS.
Organizacion De Los Tribunales
(Couture) I. Definición. 1. Ordenamiento territorial, jerárquico y por materias de los diversos órganos que componen el Poder Judicial. --2. Denominación del Código aprobado por el Dcreto Ley 9.164, que determina el ordenamiento y la competencia de los diversos órganos del Poder Judicial regula la condición jurídica de los agentes del mismo y fija el estatuto de los profesionales auxiliares de la jurisdicción. II. Ejemplo. "El Código de Organización de los Tribunales... abarca el sistema general de organización de los tribunales y las reglas de su competencia" (Gallinal, Manual, t. I, p. 14). -- 2. "El nuevo Código se llamará Código de Organización de los Tribunales Civiles y de Hacienda" (Ley 9.164). III. Indice. Ley 9.164. IV. Etimología. Organización procede del latín medioeval (siglo X) organizatio, -nis, nomen actionis del verbo organizo, -are "conformar, coordinar como los órganos del cuerpo, del latín organum, -i "órgano", procedente a su vez del griego "instrumento" y más tarde "órgano del cuerpo". Véase también Tribunal. V. Traducción. Omissis.
Organizacion Del Tratado Del Atlantico Norte (O T
(Ossorio) Fue creada el año 1949, sobre la base del llamado Pacto del Atlántico (v.). Constituye un tratado de asistencia mutua entre los Estados Unidos, Canadá, Europa occidental, Grecia y Turquia, a efectos de asegurar la defensa mutua contra cualquier agresión a uno de sus miembros. Para garantía de esas finalidad dispone de contingentes militares de las diversas nacionalidades, colocados bajo un mando único, Francia se retiró de dicho organismo en 1966.
Organizacion Europea De Cooperacion Economica
(Ossorio) V. ORGANIZACION DE COOPERACION Y DESARROLLO ECONOMICO.
Organizacion Internacional Del Trabajo
(Ossorio) Institucion creada por la parte XIII del Tratado de Versalles, para orientar y mejorar en todo el mundo las condiciones del trabajo. La O. I. T. se compone de un Consejo de Administración, de una Conferencia General de representantes de los miembros de la Organización y de una Oficina Internacional del Trabajo (v.). Su labor primordial está representada por una serie de convenios y de recomendaciones sobre cuestiones laborales. La Oficina Internacional del Trabajo fue objeto de una nueva estructura en 1964. La mayor eficacia de esta institución internacional está representada por su organización tripartita, ya que se integra con representantes de los gobiernos de los Estados miembros y representantes de las organizaciones obreras y patronales, en número igual, por lo que sus acuerdos se encuentran revestidos de indudable autoridad.
Organizacion Judicial
(Ossorio) Conjunto de normas que establecen los órganos y el sistema para la administración de justicia de cada país, señalando la competencia de los jueces, sus facultades, sus obligaciones, la forma de su designación y de su destitución, así como las garantías de su independencia. La organización judicial suele tener su fundamento en preceptos constitucionales, desarrolados luego en las llamadasleyes orgánicas del Poder Judicial.
Organizacion Metereologica Mundial
(Ossorio) Otra de las instituciones especializadas de las Nacionaes Unidas. Tiene como finalidad el fomento de los servicios de previsión metereológica mediante la cooperación internacional. Fue creada en 1947.
Organizacion Mundial De La Salud
(Ossorio) En el año 1946 se celebró en Nueva York la reunión inaugural de la Primera Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas y en su transcurso se creó, entre otros organismos especializados, la Organización Mundial de la Salud (O. M. S.) Se determinó que funcionaría su sede estable en Ginebra y que le correspondería ocuparse de todo lo relativo a higiene y salud grupal del mundo. La Organización Mundial de la Salud está intehgrada por la Asamblea, por el Congreso y por la Secretaría.
Organizacion No Gubernamental
(Ossorio) Toda institución derivada del artículo 71 de la Carta de las Naciones Unidas que agrupa a personas privadas que buscan la satisfacción de interés o de ideales comunes, más allá de las fronteras nacionales. Constituye un elemento de consulta tanto para la Organización de las Naciones Unidas cuanto para sus órganos especializados.
Organizacion Para La Alimentacion Y La Agricultura
(Ossorio) Organismo especializado de las Naciones Unidas que fue creado el año 1945 y que tiene como finalidad la ayuda a los países para el mejoramiento cuantitativo y cualitativo de sus recursos alimenticios. De su denominación inglesa toma sus siglas características F. A. O., que corresponden a Food and Agriculture Organization.
Organizacion Social
(Cabanellas) Estructura o articulación de la sociedad en subgrupos determinados por una cualidad común; como la nacionalidad, la raza, el sexo, la profesión, la edad, el parentesco, la propiedad, la residencia, la autoridad, etc.
Organizacion Social
(Ossorio) La estructura o articulación de la sociedad en subgrupos determinados por una cualidad común, como la nacionalidad, la raza, el sexo, la profesión, la edad, el parentesco, la propiedad, la residencia, la autoridad (Dic. Der. Usual).
Organo
(Cabanellas) Parte del cuerpo que cumple una función. Medio, conducto. Persona que ejecuta un acto o cumple un fin. Organismo, entidad. DE LAS NACIONES UNIDAS. La Carta de este organismo mundial dedica el tercero de sus capítulos a los órganos del mismo. Son ellos: a) la Asamblea General; b) el Consejo de Seguridad; c) el Consejo Económico y Social; d) el Consejo de Administración Fiduciaria; e) la Corte Internacional de Justicia; f) la Secretaría. SOCIAL. Cualquiera de los grupos especializados que, dentro de una sociedad, cumple una función específica, requerida por la complejidad de la organización colectiva.
Organo
(Ossorio) Cada una de las partes del cuerpo que cumple una función. Su falta o defecto puede influir en ciertos casos en la capacidad jurídica del individuo. | Medio o conducto. | Quien cumple una función o realiza un acto. | Organismo, institución.
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